Según el Artículo 3ro. de la Ley de Obras Públicas de Quintana Roo; se considera obra pública todo trabajo encaminado a crear, construir, demoler o modificar bienes inmuebles, por su naturaleza o por disposición de la Ley, destinados al servicio público, al uso común o de interés social.
La obra pública comprende todos los tipos de obra antes mencionados con la excepción en alguna parte de la Comercial y la Corporativa que se limita al sector privado.
La obra de Infraestructura, la obra Educativa, los Desarrollos Habitacionales, la obra Institucional, la Rehabilitación, la obra de Salud y Recreativa, es casi en su totalidad obra pública, con el apoyo de la ciudadanía y para la ciudadanía, es la actividad productiva y económica más importantes que realimentan a la sociedad con trabajo y flujo de dinero.
En México, país joven; la inversión en obra pública es fundamental, tener cubierta la infraestructura de la población a todos los niveles, sectores y estratos es una gran meta. |